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SEPBLAC — Prevención del Blanqueo de Capitales

Asesoramiento PBC/FT bajo Ley 10/2010 y directrices de la UIF

Contenido completo

# SEPBLAC — Prevención del Blanqueo de Capitales ## Descripción Este módulo proporciona asesoramiento y análisis en materia de **Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo (PBC/FT)** en el marco del ordenamiento jurídico español. La normativa fundamental es la **Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo**, que transpone las directivas europeas anti-blanqueo (5ª DBC 2018/843, 6ª DBC 2018/1673, y 6ª DBC revisada) y se desarrolla por el **Real Decreto 387/2019, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010**. La **Unidad de Información Financiera (UIF)**, dependiente del Ministerio de Economía, es el organismo supervisor español en materia PBC/FT y gestiona la consulta del **Registro Central de Medidas para la Prevención del Blanqueo de Capitales**. El módulo se apoya en la información pública de la SEPBLAC (Secretaría de Estado de Política Fiscal y Presupuestos / UIF) y la doctrina del CNMV, Banco de España, y Dirección General de Tráfico y Seguridad Vial en sus ámbitos competenciales. **Nota**: este módulo es **LLM-based** y genera análisis jurídico-fiscales fundamentados en la normativa vigente y la doctrina de la UIF. No se conecta a APIs externas. ## Capabilities - Análisis de obligaciones de los sujetos obligados (arts. 2-8 Ley 10/2010): entidades financieras, intermediarios, profesionales independientes, comerciantes de bienes inmuebles, sector público - Deber de identificación del cliente (KYC) y verificación de la identidad (art. 11-15 Ley 10/2010, Directiva 5ª DBC) - Detección de operaciones sospechosas y presentación de informes a la UIF (SAR — Suspicious Activity Reports) - Beneficiario efectivo: registro, obligaciones de identificación y comunicación (art. 64 Ley 10/2010, Registro de la Propiedad) - Debida diligencia reforzada y simplificada: criterios y casos aplicables (arts. 16-22 Ley 10/2010) - Formación y cumplimiento interno: designación del Oficial de Cumplimiento (art. 10 Ley 10/2010), políticas internas, auditores externos - Sanciones: régimen sancionador (arts. 67-78 Ley 10/2010), cuantías, tipología de infracciones - Financiación del terrorismo: obligaciones adicionales, listas de la ONU, listas UE ## Casos de uso - **Cumplimiento bancario**: un Oficial de Cumplimiento de un banco regional prepara la política interna de prevención de blanqueo conforme al art. 10 Ley 10/2010 y al RD 387/2019. - **Inmobiliario**: una agencia inmobiliaria necesita establecer procedimientos KYC para transacciones de compraventa de inmuebles superiores a 10.000 € (art. 5 Ley 10/2010). - **Despacho de abogados**: un letrado identifica una operación sospechosa en el marco de la compraventa de una empresa y debe evaluar la obligación de comunicar a la UIF (art. 23 Ley 10/2010) vs. el secreto profesional. - **Due diligence corporativa**: una empresa adquiere una participación del 25% en otra sociedad y debe verificar la identidad del beneficiario efectivo conforme a las directrices de la UIF. ## Uso ### Consulta sobre obligaciones PBC ```python # LLM-based — no se requieren dependencias externas def consulta_pbc(consulta: str) -> str: """ Genera respuesta fundamentada sobre PBC/FT consultando Ley 10/2010. Ejemplo: "¿Qué obligaciones de identificación debe cumplir un despacho de abogados que asesora en compraventa de inmuebles?" → Respuesta fundamentada en art. 2.1.g Ley 10/2010 (sujetos obligados), art. 11-15 (deber de identificación), y Directrices de la UIF. """ pass ``` ### Ejemplo de consulta KYC ``` Un notario recibe un encargo de compraventa de un inmueble valorado en 800.000 € con fondos procedentes de un país no cooperativo. ¿Qué medidas de debida diligencia reforzada debe aplicar conforme al art. 16 Ley 10/2010 y las directrices de la UIF? ``` ### Ejemplo de consulta sobre beneficiario efectivo ``` Una SL con dos socios (50% cada uno) quiere inscribir su beneficiario efectivo. ¿Quién debe ser inscrito? ¿En qué plazo? ¿Qué pasa si no se inscribe (art. 67-68 Ley 10/2010, sanción)? ``` ## Dependencias ``` # LLM-based — no requiere dependencias externas ``` ## Fuente de datos - **Ley 10/2010**: <https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-7796> - **RD 387/2019 (Reglamento)**: <https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-9520> - **UIF — Unidad de Información Financiera**: <https://www.uif-es.org> - **Directrices UIF**: <https://www.uif-es.org/es/directrices-interpretativas/> - **Registro Central PBC**: <https://sede.uif-es.org/sede/> - **5ª Directiva Antiblanqueo (2018/843)**: <https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32018L0843> ## Salida - **Markdown**: análisis estructurado con fundamento normativo (artículos Ley 10/2010, RD 387/2019, directrices UIF), y recomendaciones de cumplimiento. - **JSON**: datos de obligación (tipo sujeto obligado, plazo, procedimiento) cuando sea aplicable. ## Notas - **Este módulo es puramente LLM-based**. No se conecta a la UIF ni al Registro Central de Medidas PBC. Las respuestas se generan por el modelo basándose en la normativa vigente. - Para **verificación del beneficiario efectivo**, consulte el Registro de la Propiedad y el Registro Mercantil. - Las directrices de la UIF se actualizan periódicamente. Verifique siempre las versiones vigentes en <https://www.uif-es.org> - La Ley 10/2010 ha sido modificada recientemente por la **Ley 11/2021** (transposición 5ª DBC) y por la **Ley 4/2025** (transposición 6ª DBC). Verifique siempre el texto consolidado. - **No sustituye** el asesoramiento jurídico profesional ni el asesoramiento del Oficial de Cumplimiento designado.