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SEPBLAC — Prevención del Blanqueo de Capitales
Asesoramiento PBC/FT bajo Ley 10/2010 y directrices de la UIF
Contenido completo
# SEPBLAC — Prevención del Blanqueo de Capitales
## Descripción
Este módulo proporciona asesoramiento y análisis en materia de **Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo (PBC/FT)** en el marco del ordenamiento jurídico español. La normativa fundamental es la **Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo**, que transpone las directivas europeas anti-blanqueo (5ª DBC 2018/843, 6ª DBC 2018/1673, y 6ª DBC revisada) y se desarrolla por el **Real Decreto 387/2019, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010**.
La **Unidad de Información Financiera (UIF)**, dependiente del Ministerio de Economía, es el organismo supervisor español en materia PBC/FT y gestiona la consulta del **Registro Central de Medidas para la Prevención del Blanqueo de Capitales**. El módulo se apoya en la información pública de la SEPBLAC (Secretaría de Estado de Política Fiscal y Presupuestos / UIF) y la doctrina del CNMV, Banco de España, y Dirección General de Tráfico y Seguridad Vial en sus ámbitos competenciales.
**Nota**: este módulo es **LLM-based** y genera análisis jurídico-fiscales fundamentados en la normativa vigente y la doctrina de la UIF. No se conecta a APIs externas.
## Capabilities
- Análisis de obligaciones de los sujetos obligados (arts. 2-8 Ley 10/2010): entidades financieras, intermediarios, profesionales independientes, comerciantes de bienes inmuebles, sector público
- Deber de identificación del cliente (KYC) y verificación de la identidad (art. 11-15 Ley 10/2010, Directiva 5ª DBC)
- Detección de operaciones sospechosas y presentación de informes a la UIF (SAR — Suspicious Activity Reports)
- Beneficiario efectivo: registro, obligaciones de identificación y comunicación (art. 64 Ley 10/2010, Registro de la Propiedad)
- Debida diligencia reforzada y simplificada: criterios y casos aplicables (arts. 16-22 Ley 10/2010)
- Formación y cumplimiento interno: designación del Oficial de Cumplimiento (art. 10 Ley 10/2010), políticas internas, auditores externos
- Sanciones: régimen sancionador (arts. 67-78 Ley 10/2010), cuantías, tipología de infracciones
- Financiación del terrorismo: obligaciones adicionales, listas de la ONU, listas UE
## Casos de uso
- **Cumplimiento bancario**: un Oficial de Cumplimiento de un banco regional prepara la política interna de prevención de blanqueo conforme al art. 10 Ley 10/2010 y al RD 387/2019.
- **Inmobiliario**: una agencia inmobiliaria necesita establecer procedimientos KYC para transacciones de compraventa de inmuebles superiores a 10.000 € (art. 5 Ley 10/2010).
- **Despacho de abogados**: un letrado identifica una operación sospechosa en el marco de la compraventa de una empresa y debe evaluar la obligación de comunicar a la UIF (art. 23 Ley 10/2010) vs. el secreto profesional.
- **Due diligence corporativa**: una empresa adquiere una participación del 25% en otra sociedad y debe verificar la identidad del beneficiario efectivo conforme a las directrices de la UIF.
## Uso
### Consulta sobre obligaciones PBC
```python
# LLM-based — no se requieren dependencias externas
def consulta_pbc(consulta: str) -> str:
"""
Genera respuesta fundamentada sobre PBC/FT consultando Ley 10/2010.
Ejemplo:
"¿Qué obligaciones de identificación debe cumplir un despacho de
abogados que asesora en compraventa de inmuebles?"
→ Respuesta fundamentada en art. 2.1.g Ley 10/2010 (sujetos obligados),
art. 11-15 (deber de identificación), y Directrices de la UIF.
"""
pass
```
### Ejemplo de consulta KYC
```
Un notario recibe un encargo de compraventa de un inmueble valorado
en 800.000 € con fondos procedentes de un país no cooperativo. ¿Qué
medidas de debida diligencia reforzada debe aplicar conforme al art. 16
Ley 10/2010 y las directrices de la UIF?
```
### Ejemplo de consulta sobre beneficiario efectivo
```
Una SL con dos socios (50% cada uno) quiere inscribir su beneficiario
efectivo. ¿Quién debe ser inscrito? ¿En qué plazo? ¿Qué pasa si no se
inscribe (art. 67-68 Ley 10/2010, sanción)?
```
## Dependencias
```
# LLM-based — no requiere dependencias externas
```
## Fuente de datos
- **Ley 10/2010**: <https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-7796>
- **RD 387/2019 (Reglamento)**: <https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-9520>
- **UIF — Unidad de Información Financiera**: <https://www.uif-es.org>
- **Directrices UIF**: <https://www.uif-es.org/es/directrices-interpretativas/>
- **Registro Central PBC**: <https://sede.uif-es.org/sede/>
- **5ª Directiva Antiblanqueo (2018/843)**: <https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32018L0843>
## Salida
- **Markdown**: análisis estructurado con fundamento normativo (artículos Ley 10/2010, RD 387/2019, directrices UIF), y recomendaciones de cumplimiento.
- **JSON**: datos de obligación (tipo sujeto obligado, plazo, procedimiento) cuando sea aplicable.
## Notas
- **Este módulo es puramente LLM-based**. No se conecta a la UIF ni al Registro Central de Medidas PBC. Las respuestas se generan por el modelo basándose en la normativa vigente.
- Para **verificación del beneficiario efectivo**, consulte el Registro de la Propiedad y el Registro Mercantil.
- Las directrices de la UIF se actualizan periódicamente. Verifique siempre las versiones vigentes en <https://www.uif-es.org>
- La Ley 10/2010 ha sido modificada recientemente por la **Ley 11/2021** (transposición 5ª DBC) y por la **Ley 4/2025** (transposición 6ª DBC). Verifique siempre el texto consolidado.
- **No sustituye** el asesoramiento jurídico profesional ni el asesoramiento del Oficial de Cumplimiento designado.